Colegio de Martilleros Públicos de Entre Ríos SANTA FE 434 TEL./FAX (0343) 422-6012 - 3100 Paraná - Entre Ríos e-mail: comperemates@gmail.com
Matricula: Clave:
ART. FORMACIÓN PROFESIONAL C.E.M.I.D. SUB. COMISIÓN de MARTILLEROS NOVELES SITIOS DE INTERÉS FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN
Doctrina, Legislación-Jurisprudencia y Artículos de Formación Profesional
RESOLUCION Nº 020 D.G.N.R.A. - RGTO. PCO. DEPTO. FELICIANO
Paraná, 26 de Septiembre de 2008.Nota N° 214Ref Creación Registro Público Feliciano.Al Señor Presidente delColegio de Martilleros de Entre RíosD. José Antonio GiorgioSu Despacho.Me dirijo a Ud. con el fin de remitir adjunto la Resolución N° 020 emitida por esta Dirección General el día 24.09.2008, por la cual se resuelve el procedimiento para la tramitación de documento
REGLAMENTO PARA EL FUERO C. Y C. DEL PODER JUDICIAL DE E. RIOS
ACUERDO ESPECIALEn la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los dos días del mes de julio de dos mil ocho, siendo las doce horas, se reúnen los señores miembros del Superior Tribunal de Justicia, a saber el Sr. Presidente, Dr. DANIEL OMAR CARU-BIA, el señor Vicepresidente, DR. GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO, y los Sres. Vocales Dres. CARLOS ALBERTO CHIARA DIAZ, JUAN CARLOS
LEY Nº 9847 DE HONORARIOS DE LOS MARTILLEROS PÚBLICOS
- Ley Nº 9847- La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sancionacon fuerza de- LEY:NORMAS GENERALESARTICULO 1º.- Los honorarios de los martilleros, por sustrabajos profesionales de carácter judicial, oficial oprivado, se fijarán de conformidad con las disposiciones dela presente Ley.-ARTICULO 2º.- Los honorarios devengados en favor delcolegiado, se ejec
LEY 25.737 (B.O.N.) VIVIENDAS
LEY Nº 25.737(B.O.N. 3/06/03)VIVIENDASEstablécese que quedan suspendidas las ejecuciones que tengan por objetoa la vivienda única. Excepciones. Sancionada: Mayo 8 de 2003.Promulgada de Hecho: Junio 2 de 2003.El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:ARTICULO 1
LEY PCIAL. Nº 9540 - ART. 552 BIS
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza deLEY:Artículo 1º: Agréguese como artículo 552 bis del Código de Procedimientos Civiles y Comerciales de la Provincia de Entre Ríos, el siguiente:"Artículo 552 bis: Si el inmueble a subastar fuera o existiera en él una vivienda de uso exclusivo de residencia del núcleo familiar, financiada y/o construida con fon
LEY PCIAL. Nº 5735: DE CREACION DEL COMPER
CREACIÓN DEL COLEGIO DE MARTILLEROS PUBLICOSDE ENTRE RIOS PARANA, 13 de Octubre de 1.975POR CUANTO: La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos SANCIONA con fuerza de L E YArtículo 1ro: Créase el Colegio de Martilleros Públicos de la Provincia de Entre Ríos, con domicilio legal en esta Capital.DEBERES, DERECHOS
LEY NACIONAL Nº 20.266/73 - DE LOS MARTILLEROS PÚBLICOS
L E Y N A C I O N A L N º 2 0. 2 6 6/73 (t.o. 25028)CAPITULO I - CONDICIONES HABILITANTES -Art.1º : Para ser martillero se requieren las siguientes condiciones habilitantes: a) Ser mayor de edad y no estar comprendido en ninguna de las inhabilidades del art. 2º; b) poseer título universitario expedido o revalidado en la República, con arreglo a las reglamentacion
LEY NACIONAL Nº 25.028 - DE LOS MARTILLEROS Y CORREDORES PCOS.
Buenos Aires, 1º de Diciembre de 1999El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:ARTICULO 1º: Se reforma el Decreto Ley 20.266/73 conforme las disposiciones establecidas en el anexo I, denominado “Reformas al régimen legal de Martilleros y Corredores”, que es parte integrante de la presente ley, sustituyéndose los artícu
TRAMITE ESPECIAL DE LIQUIDACIÓN DE INMUEBLES
Comentario al articulo 552 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Entre Ríos Por ALBERTO LUIS MAURINO Por ley 9540 (1) se incorpora al Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Entre Ríos el art. 552 bis.Literalmente dice: ARTICULO 1º.- Agréguese como artículo 552 bis del Código de Procedimientos Civiles y Comerciales de la Provincia de Ent
MODALIDAD DE VENTA DIRECTA CON LLAMADO A MEJORAR OFERTAS
MODALIDAD DE VENTA DIRECTA CON LLAMADO A MEJORAR OFERTAS OPINIÓN DE LA CORPORACIÓN DE REMATADORES LA Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios, como institución rectora de la actividad, en su carácter de entidad en cuya sede funciona la Oficina de Subastas Judiciales y, por ende, representativa de los intereses de los profesionales del sector, se ve en la necesidad –una vez más– a
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL MARTILLERO
Subasta judicial. Defectos en la publicidad edictal. Depósito ocupado con cosas muebles. Rechazo de demanda CAUSA 23335/02 - "Hijos De Pedro Vincenti SA c/Bastiani, Juan Carlos s/ sumario" - CNCOM - SALA D - 06/12/2002 2.003.-"Trata este proceso sobre la responsabilidad patrimonial que la adquirente de un inmueble en subasta judicial atribuyó al martillero interviniente en esa vent